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Establece regionalizacion presupuestaria de los subsidios familiares y pensiones asistenciales Artículo 1 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03-04-2025

Establece regionalizacion presupuestaria de los subsidios familiares y pensiones asistenciales
Artículo 1.

Créase el Fondo Nacional de Subsidio Familiar con cargo al cual se pagarán los subsidios familiares otorgados y los que se otorguen conforme a la ley N° 18.020. Dicho fondo será financiado con el aporte fiscal que anualmente se establezca en la Ley de Presupuestos.

INCISOS SEGUNDO, TERCERO, CUARTO, QUINTO Y SEXTO DEROGADOS



Chile Art. 1 Establece regionalizacion presupuestaria de los subsidios familiares y pensiones asistenciales
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Los nuevos comentarios en el sitio web

Muy buenos días cuanto tarda la corte de apelaciones en dar un veredicto? ò salir de el estado relator 372?, esperando una respuesta se agradece.


Las pistas de una rotonda sde comportan igual que las pistas de una calle normal?

Con ello pregunto: Si alguien conduciendo en una rotonda toma una salida desde la pista central o la de la mas izquierda, estaría infringiendo el artículo 135?

Extracto Artículo 135:

> la iniciación de un viraje a la derecha y el viraje mismo deberá hacerse tan cerca como sea posible de la cuneta de la mano derecha o del borde de la calzada


excelente.


¿Pa cuando se van los venecos?


No, a lo mucho constituye una falta penal en ciertos casos.


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