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Crea el servicio nacional de reinserción social juvenil e introduce modificaciones a la ley n° 20.084, sobre responsabilidad penal de adolescentes, y a otras normas que indica Artículo 49 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15-04-2024

Crea el servicio nacional de reinserción social juvenil e introduce modificaciones a la ley n° 20.084, sobre responsabilidad penal de adolescentes, y a otras normas que indica
Artículo 49. Sanciones

Frente a causales de incumplimiento de los respectivos contratos por parte de los organismos acreditados, el Servicio podrá, según su gravedad, aplicar las siguientes medidas, las que deberán ser contempladas en las bases de licitación correspondientes:

a) Aplicar multas equivalentes a un 10% y hasta un 60% del pago correspondiente. La multa podrá elevarse al doble en caso de reiteración. El monto de la multa dependerá de la gravedad del incumplimiento del que se trate, según los criterios que establezca el respectivo reglamento.

b) Disponer el término anticipado y unilateral del respectivo contrato, conforme a las causales establecidas en el reglamento.

c) Requerir la pérdida de la acreditación al Consejo de Estándares y Acreditación.

Las sanciones anteriores procederán sin perjuicio de la pérdida de la personalidad jurídica, conforme a la ley.

En caso de determinarse la pérdida de la acreditación, el prestador sancionado no podrá solicitar nuevamente una acreditación sino después de dos años desde que haya quedado firme la resolución que aplicó la sanción.

Las resoluciones firmes que apliquen sanciones a organismos acreditados deberán publicarse en el sitio electrónico mediante el cual el Servicio dé cumplimiento a las obligaciones de transparencia activa de la ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública.

El organismo acreditado afectado por la imposición de una sanción podrá reclamar ante la Corte de Apelaciones respectiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40.



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Soy estudiante de derecho (2do año)

una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?


buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada


La jornada ordinaria de trabajo no debe superar las 180 horas mensuales; lo que resulta como mínimo legal a pagar por el empleador (aún trabajado menos) y todo lo que supere las 180 es hora (precio) extra.


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Buenos días estoy trabajando 7x1 rotativo de 8 horas.. Para el cálculo se puede sacar el total del mes ya que la empresa dice que aveces trabajamos menos en la semana


se actua bajo el supuesto de la infraccion de la ley de transito. lease los articulos 7 y 8 del codigo civil y deje de comentar sobre asuntos en los cuales no tiene conocimiento alguno. saludos.


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