Crea el servicio de biodiversidad y áreas protegidas y el sistema nacional de áreas protegidas Artículo 26 Chile
Crea el servicio de biodiversidad y áreas protegidas y el sistema nacional de áreas protegidas
Artículo 26. Requerimiento de información
El Servicio podrá requerir a otros órganos de la Administración del Estado la información necesaria para elaborar y mantener el Sistema de Información de la Biodiversidad.
El Servicio podrá requerir información a privados cuando ésta hubiere sido generada a partir de fondos públicos.
Chile Art. 26 Crea el servicio de biodiversidad y áreas protegidas y el sistema nacional de áreas protegidas
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Estoy cansado de ocultarlo... te amo, profesor Ascencio.
Pablo deja de tocarme estamos en clase por favor
Ultima vez que me tirai la pela asi. Me leiste bien? Victor heredia
Benja anda a acostarte tonto qlo
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