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Crea el servicio de biodiversidad y áreas protegidas y el sistema nacional de áreas protegidas Artículo 26 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16-06-2025

Crea el servicio de biodiversidad y áreas protegidas y el sistema nacional de áreas protegidas
Artículo 26. Requerimiento de información

El Servicio podrá requerir a otros órganos de la Administración del Estado la información necesaria para elaborar y mantener el Sistema de Información de la Biodiversidad.

El Servicio podrá requerir información a privados cuando ésta hubiere sido generada a partir de fondos públicos.



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hola herrerista25


Estoy cansado de ocultarlo... te amo, profesor Ascencio.


Pablo deja de tocarme estamos en clase por favor


Ultima vez que me tirai la pela asi. Me leiste bien? Victor heredia


Benja anda a acostarte tonto qlo


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