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Código Sanitario Artículo 137 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05-06-2025

Código Sanitario
Artículo 137.

No podrá rechazarse en un Cementerio la inhumación de un cadáver, sin una justa causa calificada por el Servicio Nacional de Salud.



Chile Art. 137 Código Sanitario
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