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Código Civil Artículo 2410 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 13-09-2023

Código Civil
Artículo 2410.

La hipoteca deberá además ser inscrita en el Registro Conservatorio; sin este requisito no tendrá valor alguno; ni se contará su fecha sino desde la inscripción.



Chile Art. 2410 CC
Artículo 1 ...2408 2409 2410 2411 2412 ...FINAL

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ta bn jajajaa


que largo es este articulo dios


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