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Código Penal Artículo 311 quáter Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18-11-2024

Código Penal
Artículo 311 quáter.

Las penas previstas en las disposiciones de este Párrafo para los atentados contra el medio ambiente perpetrados extrayendo aguas continentales, superficiales o subterráneas, serán impuestas sin perjuicio de la aplicación de las penas que correspondan por el delito de usurpación.



Chile Art. 311 quáter CP
Artículo 1 ...311 bis 311 ter 311 quáter 311 quinquies 311 sexies ...501

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Gracias sumamente útil para estudiantes saludos


Muchas gracias por la página. Es de gran ayuda. Saludos.


jose miguel araos


valesex444


Buenos días. Gracias por la atención. Hemos actualizado este artículo.


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