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COT Artículo 403 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 29-05-2026

Código Orgánico de Tribunales
Artículo 403.

Escritura pública es el instrumento público o auténtico otorgado con las solemnidades que fija esta ley, por el competente notario, e incorporado en su protocolo o registro público.



Chile Art. 403 Código Orgánico de Tribunales
Artículo 1 ...402 402 BIS 403 404 405 ...FINAL

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está desactualizado el art. 12 de agravantes


Rodrigo Araya ojala hubieses respondido bien para no echarte el ramo


El araya no sabe que es una peludita


depende del tipo de semen y el crédito. por regla general el ordenamiento jurídico sigue la teoría del acto de reacción al liquido corporal.


Rico po, delito mis weas


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