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Código del Trabajo Artículo 145 L Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 26-09-2023

Código del Trabajo
Artículo 145 L.

Eliminado.



Chile Art. 145 L CT
Artículo 1 ...145 J 145 K 145 L 146 146 BIS ...519

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Me cargan los cumas que dicen esposo y esposa estando casados


No olvidar.


extenso relato


diganle al picante de abajo que se deje de escribir


Que beneficios obtiene un trabajador que renuncie a su trabajo con contrato indefinido con 5 años de servicio ininterrumpido. Que deberá pagarme la empresa, si yo renuncio.

Otra pregunta, en la legislación Chilena existe algún beneficio al cónyuge por Comunidad Matrimonial, ya que soy casado y quiero saber si mi esposa podría obtener algún beneficio de mis prestaciones sociales.

Atento a su respuesta, muchas gracias.


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