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CPC Artículo 1 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05-06-2025

Código de Procedimiento Civil
Artículo 1.

Las disposiciones de este Código rigen el procedimiento de las contiendas civiles entre partes y de los actos de jurisdicción no contenciosa, cuyo conocimiento corresponda a los Tribunales de Justicia.



Chile Art. 1 Código de Procedimiento Civil
Artículo 1 2 3 ...FINAL

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