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Código de Derecho Internacional Privado Artículo 138 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11-03-2025

Código de Derecho Internacional Privado
Artículo 138.

Las disposiciones sobre hipoteca legal a favor del Estado, de las provincias o de los pueblos, son de orden público internacional.



Chile Art. 138 CDIP
Artículo 1 ...136 137 138 139 140 ...437

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ursula + shoske


Frente playero el resto que la chupe


existen variantes segun este mismo artículo del codigo civil. -


valesex vosotros sabeis



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