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Código de Comercio Artículo 282 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11-09-2024

Código de Comercio
Artículo 282.

Los riesgos de la remisión del saldo son de cargo del comitente, siempre que el comisionista la hubiere verificado en la forma que indica el número 3° del artículo 279.



Chile Art. 282 CCom, CDC, C Co
Artículo 1 ...280 281 282 283 284 ...FINAL

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Chile ctm, puro que me hace sufrir chuchetumare, con Bolivia no se puede perder hijos de la perra


y el pico yiaaaaaaaa


el inciso 3 tiene un error en su transcripción "...venta de L. 18.802 la antigua..."


10/10 gracias a este articulo me vendieron la falopa


10/10 todavía recuerdo cuando este artículo me salvó del incendio


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