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Código de Aguas Artículo 51 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 26-09-2023

Código de Aguas
Artículo 51.

Para los efectos de lo dispuesto en los artículos precedentes se entenderá en todo caso que los beneficiarios que sanean sus predios por medio de un mismo sistema de drenaje, constituyen por ese hecho, una comunidad de drenaje, que se regirá por las disposiciones del Título III, Párrafo 2°, del Libro II de este Código.



Chile Art. 51 Código de Aguas
Artículo 1 ...49 50 51 52 53 ...317

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Buenas tardes. El texto del código se ha obtenido de las fuentes oficiales


Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este artículo.


esto aplica para el caso 1 del taller de hernandez en penal derecho udp????


Buenas tardes para retirar fondos mutuos de herencia intestada ya realizada posesión efectiva, hecho pago de impuestos a la herencia en SII de ambas herederas, Banchile Inversiones solicita certificado de no matrimonio a una de las hijas mayor de edad y se niega a entregar fondos correspondientes a hija menor sin ese documento. Hija mayor no desea entregar documento afectando a hija menor. Es licito solicitar ese documento. De ser asi hay alternativa para no perjudicar frente a negativa a una de las herederas? Gracias


El artículo 1811 se encuentra incompleto


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