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Código de Aguas Artículo 303 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 30-05-2023

Código de Aguas
Artículo 303.

Si con motivo de la construcción y operación de obras hidráulicas se alterasen los caudales en cauces naturales, la Dirección General de Aguas podrá aforar sus corrientes, solicitar antecedentes y dirimir las dificultades que se presenten con motivo de su distribución entre los titulares de derechos de aprovechamiento de dichos cauces, pudiendo establecer las medidas que deben adoptar los usuarios para su adecuado ejercicio. El incumplimiento de estas medidas será sancionado por la Dirección General de Aguas con una multa cuya cuantía podrá variar entre el segundo y el cuarto grado.



Chile Art. 303 Código de Aguas
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fui sancionado articulo 121 letra b y articulo 123 de la ley 18834 de la cual he leído en especial el articulo 123 y no me queda clara, ya que pienso que estoy sancionado para otro sumario?


Este artículo del código civil es como letra muerta ,porque acá en Chile hay muchos adultos mayores que teniendo hijos quedan en un completo abandono o bien solo 1 de sus hijos se hacen cargo dejando de lado trabajo,relaciones humanas ,etc . Debería los municipios o alguna entidad estatal que apoye a los adultos mayores y a los cuidadores de ellos para que le hagan un sueldo a las personas que los cuidan que sean costeados por los demás hijos que no mueven ni un dedo en sus necesidades tanto económicas y afectivas .


si sólo tiene 3 hijos y no hay cónyuge sobreviviente, cada uno tiene el 33,3%. Si hay cónyuge sobreviviente a cada hijo le corresponde el 20%.


Mi tío murió y de su primer matrimonio tuvo 3 hijos y obtuvo su bien propio antes de su segundo matrimonio, en el cual se casó con bienes mancomunados, la duda que tenemos es cuanto porcentaje de la herencia toca cada uno?.


La señora Juana Inés de la Cruz Seijas es de nacionalidad colombiana, vino a Guatemala en el año de 2021, cuando tenía 18 años, en su país de origen se establece que la mayoría de edad se obtiene a los 21 años. Ella decidió a los 6 meses de haber ingresado a Guatemala quedarse para establecer una empresa que se dedicara a la venta de ropa colombiana por lo que decidió asociarse con un grupo de personas para formar una sociedad anónima en Guatemala.

1 ¿tiene capacidad en Guatemala la señora Inés Seijas?

2 ¿Puede la señora Inés Seijas ser parte de los socios fundadores de una sociedad anónima en Guatemala?


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