Código de Aguas Artículo 168 Chile
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09-03-2026
Código de Aguas
Artículo 168.
El listado resultante de la reunión se publicará, mediante un aviso en un diario o periódico de la capital de la provincia o región y en un matutino de Santiago, para que los interesados puedan formular sus observaciones en el plazo máximo de 15 días.
Chile Art. 168 Código de Aguas
Mejores juristas
Andrés Retamales
Santiago de Chile
Сomentarios: 19
Duración total
Tu Consulta Jurídica SpA
Chillán
Duración total
Rodrigo Cortés Barrera
Santiago, Cel.: 937453119
En los últimos 30 días
Carlos Alfredo Contreras Matus
Teléfono
Duración total
Miguel Schurter
Teléfonos
Duración total
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web
Invitado
13-03-26 10:16:36
callao loco
Invitado
12-03-26 17:22:47
- chupenlo zurdos qls, la tienen adentro
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios