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Código Civil Artículo 2386 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 26-09-2023

Código Civil
Artículo 2386.

Este contrato no se perfecciona sino por la entrega de la prenda al acreedor.



Chile Art. 2386 CC
Artículo 1 ...2384 2385 2386 2387 2388 ...FINAL

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ampuero aweonao te paso por la punta de la corneta


los tengo como weon leyendo



Buenas tardes. El texto del código se ha obtenido de las fuentes oficiales


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