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Código Civil Artículo 2019 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 07-04-2026

Código Civil
Artículo 2019.

Si por cualquiera causa dejaren de presentarse en el debido tiempo el pasajero o carga, el que ha tratado con el acarreador para el transporte, será obligado a pagar la mitad del precio o flete.

Igual pena sufrirá el acarreador que no se presentare en el paraje y tiempo convenidos.



Chile Art. 2019 CC
Artículo 1 ...2017 2018 2019 2020 2021 ...FINAL

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TORO YAÑEZ


al juan claude le meti el pico en el quinchito


al benja romero le gusta el ñato waton y con la cabeza morbidaaa


pregúntale a tu hermana


Nachesss wekito


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