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Código Civil Artículo 195 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05-06-2025

Código Civil
Artículo 195.

La ley posibilita la investigación de la paternidad o maternidad, en la forma y con los medios previstos en los artículos que siguen.

El derecho de reclamar la filiación es imprescriptible e irrenunciable. Sin embargo, sus efectos patrimoniales quedan sometidos a las reglas generales de prescripción y renuncia.



Chile Art. 195 CC
Artículo 1 ...193 194 195 197 198 ...FINAL

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