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Código Civil Artículo 1792-6 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 13-09-2023

Código Civil
Artículo 1792-6.

Se entiende por gananciales la diferencia de valor neto entre el patrimonio originario y el patrimonio final de cada cónyuge.

Se entiende por patrimonio originario de cada cónyuge el existente al momento de optar por el régimen que establece este Título y por su patrimonio final, el que exista al término de dicho régimen.



Chile Art. 1792-6 CC
Artículo 1 ...1792‑4 1792‑ 5 1792‑6 1792‑7 1792‑8 ...FINAL

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