Imprimir

Código Civil Artículo 1696 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 26-09-2023

Código Civil
Artículo 1696.

Ni la ratificación expresa ni la tácita serán válidas, si no emanan de la parte o partes que tienen derecho de alegar la nulidad.



Chile Art. 1696 CC
Artículo 1 ...1694 1695 1696 1697 1698 ...FINAL

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Are you looking for a loan with a flexible payment rate? if so, please contact Mrs. Michelle Rodrigue in the email: [email protected] she is a trusted lender.

I struggled with financial crises, but when I saw her, she offered me a loan of $ 50,000.

the people I have come across have also testified that Mrs. Michelle Rodrigue has put an end to their financial crisis.

contact her now to get a flexible loan offer on


Me cargan los cumas que dicen esposo y esposa estando casados


No olvidar.


extenso relato


diganle al picante de abajo que se deje de escribir


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse