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Código Civil Artículo 1438 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01-12-2025

Código Civil
Artículo 1438.

Contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa. Cada parte puede ser una o muchas personas.



Chile Art. 1438 CC
Artículo 1 ...1436 1437 1438 1439 1440 ...FINAL

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Los comentarios de los usuarios

Sí, aunque confunde convención (acto jurídico bilateral o multilatral) con contrato (especie de convención, que crea obligaciones; hay convenciones que no son contratos, como la resciliación)


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esta es la definición de contrato del codigo?

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