Modifica articulo 6° de la ley n° 18.502, autoriza importacion de vehiculos que señala y establece normas sobre transporte de pasajeros Chile
Modifica articulo 6° de la ley n° 18.502, autoriza importacion de vehiculos que señala y establece normas sobre transporte de pasajeros
- Artículo 1. Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 6° de la ley N°...
- Artículo 2. Autorízase por el término de cuatro años la importación de vehículos usados,...
- Artículo 3. El transporte remunerado de pasajeros, público o privado, individual o...
- Artículo 3 BIS. De los Postulantes. A las licitaciones públicas de uso de vías para prestar...
- Artículo 3 TER. De las Bases de Licitación. La licitación deberá realizarse sobre bases...
- Artículo 3 QUATER. De la Evaluación. La licitación pública se decidirá evaluando las ofertas...
- Artículo 3 QUINQUIES. De la Garantía de Fiel Cumplimiento. El concesionario deberá constituir la...
- Artículo 3 SEXIES. De los principios de los servicios de transporte público remunerado de...
- Artículo 3 SEPTIES. Modificación del contrato de concesión. Los contratos de concesión podrán...
- Artículo 3 OCTIES. Supervigilancia, control e información. Los concesionarios quedarán sujetos...
- Artículo 3 NONIES. De los bienes afectos a los servicios de transporte público de pasajeros...
- Artículo 3 DECIES. Causales de término de las concesiones. Las concesiones de uso de vías y de...
- Artículo 3 UNDECIES. Término de mutuo acuerdo. En caso de término de la concesión de común...
- Artículo 3 DUODECIES. Concesionario deudor en un procedimiento concursal de la ley Nº 20.720....
- Artículo 3 TERDECIES. De la continuidad del servicio. El Ministerio de Transportes y...
- Artículo 4. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá fijar por regiones,...
- Artículo 5. Créase un registro de consultores en informes de mitigación de impacto vial...
- Artículo 6. Sólo podrán inscribirse en el registro y permanecer inscritas en él las...
- Artículo 7. Las inhabilidades para inscribirse y permanecer en el registro serán las...
- Artículo 8. Los consultores que regula esta ley no podrán elaborar informes de...
- Artículo 9. Se considerará como infracción leve, y se sancionará con amonestación por...
- Artículo 10. Las siguientes actuaciones del consultor serán constitutivas de infracción...
- Artículo 11. Las siguientes actuaciones del consultor serán constitutivas de infracción...
- Artículo 12. Las inhabilidades y sanciones que afecten a personas jurídicas se harán...
- Artículo 13. Será competente para conocer de las infracciones en que incurran los...
- Artículo 14. El procedimiento sancionatorio se iniciará mediante una resolución de la...
- Artículo 15. Recibidos los descargos o transcurrido el término establecido para ello, la...
- Artículo 16. La resolución que ponga fin al procedimiento sancionatorio será fundada y...
- Artículo 17. Las acciones para perseguir las infracciones a que se refiere esta ley...
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Como lo puedo ubicar a ud lo necesito porqud medijeron que ud me puede solucional todas mis respuestas las grande intituciones que me estan apollando en mis derechos de autor y mis derecbos a economia y finanzas en general ,bienes etc
Se solicita en el Sag, ellos lo derivan al Minvu, por esose convierte en un trámite laaaaaargo
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curado. ¿Haría lo anterior imposible solicitar la curaduría?
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curador.
b) Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo.
PD (17/7/24): leyes-cl.com ya hizo la corrección del caso, muchas gracias.
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