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Sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la superintendencia del ramo Artículo 369 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19-05-2024

Sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la superintendencia del ramo
Artículo 369.

Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 42 de la ley Nº 18.490, que establece seguro obligatorio de accidentes personales causados por circulación de vehículos motorizados:

1) Reemplázanse, en el inciso primero, las expresiones "declaratoria de quiebra", por "dictación de la resolución de liquidación", y "fallido" por "deudor".

2) Sustitúyense, en el inciso segundo, los términos "síndico" por "liquidador", y "fallido" por "deudor".

3) Reemplázase, en el inciso cuarto, la expresión "declaratoria de quiebra", por "dictación de la resolución de liquidación".



Chile Art. 369 Sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la superintendencia del ramo
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Respecto al artículo 55, el informe favorable para la construcción ¿dónde se solicita primero? al ministerio de agricultura y luego al de vivienda y urbanismo?? Y ¿qué se solicita al DOM?

Gracias


¿Está actualizado el CPP al año 2024?


¿Es posible para el arrendatario demandar con el fin de obtener la rebaja del precio, en vez de pedir directamente la terminación del contrato de arrendamiento?


lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.


Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.


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