Orgánica constitucional sobre transparencia, límite y control del gasto electoral Artículo 6 Chile
Ley orgánica constitucional sobre transparencia, límite y control del gasto electoral
Artículo 6.
Artículo 6.- El candidato o partido político que exceda el límite de gastos electorales, calculado de conformidad con lo dispuesto en los artículos precedentes, será sancionado con multa a beneficio fiscal, de acuerdo a la siguiente escala:
a) El doble del exceso en la parte que no supere el 10%.
b) El triple del exceso en la parte que supere el 10% y 14.04.2016 sea inferior al 25%.
c) El quíntuple del exceso en que hubiere incurrido, en la parte que supere el 25%.
Dicha multa se expresará en unidades de fomento.
La multa será aplicada por el Director del Servicio Electoral.
Chile Art. 6 Orgánica constitucional sobre transparencia, límite y control del gasto electoral
Mejores juristas
Andrés Retamales
Tu Consulta Jurídica SpA
Rodrigo Cortés Barrera
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este artículo.
Buenas tardes, la ley de violencia intrafamiliar no está actualizada. Artículo 9 no contiene la letra f).
Buenas tardes.
En nuestro sitio web está prohibido publicar publicidad o comentarios que no constituyan preguntas ni respuestas.
Si completa el apartado «Sobre mí» (como mínimo, indicando su número de teléfono, su ciudad y que es abogado) y responde a unas cuantas preguntas de los usuarios, es muy probable que en poco tiempo los clientes empiecen a contactar con usted.
Gracias por su comprensión. ¡Le deseamos mucho éxito en su trabajo!
Buenas tardes.
En nuestro sitio web está prohibido publicar publicidad o comentarios que no constituyan preguntas ni respuestas.
Si completa el apartado «Sobre mí» (como mínimo, indicando su número de teléfono, su ciudad y que es abogado) y responde a unas cuantas preguntas de los usuarios, es muy probable que en poco tiempo los clientes empiecen a contactar con usted.
Gracias por su comprensión. ¡Le deseamos mucho éxito en su trabajo!
Hola! Podrías enviar tu caso al correo, preguntas por matías, tenemos mucha trayectoria en causas de propiedades familiares, podríamos ofrecerte un servicio jurídico integral para ayudarte con este problema.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios