Sobre libertades de opinion e informacion y ejercicio del periodismo Artículo 46 Chile
Sobre libertades de opinion e informacion y ejercicio del periodismo
Artículo 46.
Introdúcense en la ley N° 12.927, sobre Seguridad del Estado, las siguientes modificaciones:
a) Reemplázase la letra b) del artículo 6°, por la siguiente:
"b) Los que ultrajaren públicamente la bandera, el escudo, el nombre de la patria o el himno nacional;".
b) Derógase el artículo 16.
c) Reemplázase el artículo 17 por el siguiente:
"Artículo 17.- La responsabilidad penal por los delitos previstos y sancionados en esta ley, cometidos a través de un medio de comunicación social, se determinará de conformidad a lo prescrito en el artículo 39 de la ley sobre las libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo.".
d) Deróganse los artículos 18, 19, 20 y 21.
Chile Art. 46 Sobre libertades de opinion e informacion y ejercicio del periodismo
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Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este artículo.
Buenas tardes, la ley de violencia intrafamiliar no está actualizada. Artículo 9 no contiene la letra f).
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