ley sobre impuesto territorial Artículo 24 Chile
ley sobre impuesto territorial
Artículo 24.
En la provincia de Aysén el pago se hará por semestres en los meses de marzo y noviembre de cada año.
Sin embargo, no se cobrará intereses penales ni multa con relación a los impuestos del primer semestre, a los contribuyentes morosos que paguen la anualidad completa.
Chile Art. 24 ley sobre impuesto territorial
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En Chile se dice BUENOS DÍAS, dejemos de incorporar basura extranjera en nuestro lenguaje.
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