Imprimir

ley sobre impuesto territorial Artículo 24 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14-02-2025

ley sobre impuesto territorial
Artículo 24.

En la provincia de Aysén el pago se hará por semestres en los meses de marzo y noviembre de cada año.

Sin embargo, no se cobrará intereses penales ni multa con relación a los impuestos del primer semestre, a los contribuyentes morosos que paguen la anualidad completa.



Chile Art. 24 ley sobre impuesto territorial
Artículo 1 ...22 23 24 25 26 ...29

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

valesex vosotros sabeis




En Chile se dice BUENOS DÍAS, dejemos de incorporar basura extranjera en nuestro lenguaje.


y por que a la locomocion colectiva no le piden sillas de niño para trasportar a los pasajeros y si a los autos particulares si todos estan expuestos a algun acc de transito


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse