Ley sobre impuesto a las ventas y servicios Artículo 77 Chile
Ley sobre impuesto a las ventas y servicios
Artículo 77.
La industria vinícola y los anexos que ella requiera, ejercida por los mismos productores, es una industria agrícola en todas sus fases; pero ejercida con productos adquiridos de terceros pierde su calidad agrícola respecto de dichos productos.
Los que ejerzan actividades con productos propios y de terceros deberán registrar en sus libros contables dichas operaciones en forma separada, de suerte que ellas sean perfectamente individualizadas.
Chile Art. 77 Ley sobre impuesto a las ventas y servicios
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Pueden pedir una demanda de rendicion de cuentas, pero debe ser por intermedio de abogado ante un tribunal civil
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Gene, si por estar estudiando llegai a esta página, te deseo ánimos y ojalá nunca seai como el séquito de weones de estos comentarios que tienen el ego en cualquier parte por estudiar esta wea fome, te quiero mucho, saludos
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