Ley sobre impuesto a las ventas y servicios Artículo 7 Chile
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24-03-2024
Ley sobre impuesto a las ventas y servicios
Artículo 7.
Los impuestos que establece esta ley se aplicarán sin perjuicio de los tributos especiales contemplados en otras leyes que gravan la venta, producción o importación de determinados productos o mercaderías o la prestación de ciertos servicios.
Chile Art. 7 Ley sobre impuesto a las ventas y servicios
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
04-09-20 12:27:22
Recibi en herencia una propiedad inmobiliaria en el 2009, que impuesto debo pagar si la vendo. No he vendido nada desde el 2009, cuando vendi una propiedad inmobiliaria.
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