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Ley sobre estatuto administrativo Artículo 43 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 02-11-2026

Ley sobre estatuto administrativo
Artículo 43.

Son anotaciones de demérito aquéllas destinadas a dejar constancia de cualquier acción u omisión del empleado que implique una conducta o desempeño funcionario reprochable.

Entre las anotaciones de demérito se considerarán el incumplimiento manifiesto de obligaciones funcionarias, tales como, infracciones a las instrucciones y órdenes de servicio y el no acatamiento de prohibiciones contempladas en este cuerpo legal y los atrasos en la entrega de trabajos.



Chile Art. 43 Ley sobre estatuto administrativo
Artículo 1 ...41 42 43 44 45 ...FINAL

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Buenas tardes no me deja ver el archivo que debo hacer


Hola me llamo laura según este artículo mi matrimonio lésbico legalmente celebrado con Javiera Rivera es nulo ya que no podemos procrear, mal ahí,,,, me la hiciste javierita


Hola nunca supe que debia una multa 1utm en la quinta region por no portar lic de conducir, por la cual ahora tengo primero orden de arresto del año 2021 y ahora arraigo no se desde cuando, viajaba el lunes a Italia babra posibilidad de q el mismo lunes pague esa multa y se levante el arraigo pudiendo viajar el mismo dia lunes ?

Me entere ayer :(


Gracias. Se entiende


Buenos días. Gracias por su mensaje. El texto del artículo ya está actualizado.



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