Ley del deporte Artículo 40 O Chile
Ley del deporte
Artículo 40 O.
Los miembros del Comité cesarán en sus cargos por las siguientes causales:
1.- Renuncia aceptada por el Comité.
2.- Expiración del plazo de su nombramiento.
3.- Postulación a un cargo de elección popular.
4.- Por haber sido condenado a una pena de crimen o simple delito.
5.- Por haber sido nombrado en un cargo incompatible, en los términos previstos en el inciso final del artículo 40 M.
Chile Art. 40 O Ley del deporte
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Buenos días. Lamentablemente depende de la Corte de Apelaciones en que se encuentre el proceso y de la resolución o sentencia que se esté apelando. Por regla general la apelación de incidentes (que son cuestiones accesorias de un juicio) demoran aproximadamente 3 meses. Cuando la apelación es de sentencia definitiva (la que pone fin a un juicio resolviendo la solicitud principal) puede tardar muchísimo mas (por ejemplo, Valparaíso tarda aproximadamente 6 meses y Santiago puede tardar hasta 10).
Muy buenos días cuanto tarda la corte de apelaciones en dar un veredicto? ò salir de el estado relator 372?, esperando una respuesta se agradece.
Las pistas de una rotonda sde comportan igual que las pistas de una calle normal?
Con ello pregunto: Si alguien conduciendo en una rotonda toma una salida desde la pista central o la de la mas izquierda, estaría infringiendo el artículo 135?
Extracto Artículo 135:
> la iniciación de un viraje a la derecha y el viraje mismo deberá hacerse tan cerca como sea posible de la cuneta de la mano derecha o del borde de la calzada
No, a lo mucho constituye una falta penal en ciertos casos.
- Hola. Palabrear a una persona, es sancionado penalmente ? Saludos
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