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Ley de presupuestos del sector público para el año 2014 Artículo 24 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25-11-2024

Ley de presupuestos del sector público para el año 2014
Artículo 24.

Las disposiciones de esta ley regirán a contar del 1 de enero del año 2014, sin perjuicio de que puedan dictarse a contar de la fecha de su publicación los decretos a que se refiere el artículo 3º, y los decretos y resoluciones que en virtud de esta ley sean necesarios para posibilitar la ejecución presupuestaria.



Chile Art. 24 Ley de presupuestos del sector público para el año 2014
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Al tipo penal yo le pondría de nombre "Desvío arbitrario de fondos públicos"


Hola este articulo es aplicable para los que trabajamos en el sector de administración delegada ( decreto 3166/80)


El tipo penal es "aplicación pública diferente"


Entonces con que nombre se podría definir este tipo penal?


Gracias sumamente útil para estudiantes saludos


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