Fija normas sobre remuneraciones y sobre personal para el sector publico Artículo 24 Chile
Fija normas sobre remuneraciones y sobre personal para el sector publico
Artículo 24.
Establécese para el personal de las Municipalidades una asignación no imponible, que se denominará "asignación municipal", de los montos mensuales que se indican, según sea el escalafón a que pertenezca y el grado que corresponda al cargo respectivo: ------------------------------------------------------- Escalafón Grados
------------------------------------------------------- ALCALDES
1
2
3
4
5
6
7
DEROGADO
DIRECTIVOS
3
4
5
6
7
8
9
10 PROFESIONALES
5
6
7
8
9
10
11
12 JEFATURAS
9
10
11
12 ESPECIALIZADOS
10
11
12
13
14
15
16
17
18 ADMINISTRATIVOS
12
13
14
15
16
17
18
19 MAYORDOMOS
14
15
16
17 AUXILIARES
16
17
18
19
20 -------------------------------------------------------
Chile Art. 24 Fija normas sobre remuneraciones y sobre personal para el sector publico
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Si, hasta 10 años de carcel,
Slds.
Buenos días. Lamentablemente depende de la Corte de Apelaciones en que se encuentre el proceso y de la resolución o sentencia que se esté apelando. Por regla general la apelación de incidentes (que son cuestiones accesorias de un juicio) demoran aproximadamente 3 meses. Cuando la apelación es de sentencia definitiva (la que pone fin a un juicio resolviendo la solicitud principal) puede tardar muchísimo mas (por ejemplo, Valparaíso tarda aproximadamente 6 meses y Santiago puede tardar hasta 10).
Muy buenos días cuanto tarda la corte de apelaciones en dar un veredicto? ò salir de el estado relator 372?, esperando una respuesta se agradece.
Las pistas de una rotonda sde comportan igual que las pistas de una calle normal?
Con ello pregunto: Si alguien conduciendo en una rotonda toma una salida desde la pista central o la de la mas izquierda, estaría infringiendo el artículo 135?
Extracto Artículo 135:
> la iniciación de un viraje a la derecha y el viraje mismo deberá hacerse tan cerca como sea posible de la cuneta de la mano derecha o del borde de la calzada
No, a lo mucho constituye una falta penal en ciertos casos.
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