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Estatuye medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia en contra de las mujeres, en razón de su género Artículo 24 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11-09-2024

Estatuye medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia en contra de las mujeres, en razón de su género
Artículo 24.

Funciones de la Comisión de Articulación Interinstitucional para Abordar la Violencia de Género. Sin perjuicio de las funciones que a cada órgano del Estado le corresponde de conformidad con esta ley, serán funciones de la Comisión las siguientes:

1. Aprobar el Plan Nacional de Acción contra la Violencia de Género y sus modificaciones, y conocer el avance en su cumplimiento y evaluación.

2. Coordinar las medidas que adopten los órganos del Estado en el ámbito de sus competencias, relativas a la preven ción de la violencia de género, atención y protección de las víctimas, conforme a esta ley.

3. Informar a los órganos competentes acerca de las necesidades sectoriales que deban ser abordadas para dar cumplimiento a los objetivos de esta ley.

4. Cumplir las demás funciones y tareas que ésta u otras leyes le encomienden, en el ámbito de sus competencias.



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consulta , si yo rendi la prueba y saque A, el 2017 y ecien este año me vuelvo a evaluar por estar recien en un colegio con carrera docente otra vez, debo rendir la prueba o aun me sirve esa primera A que saque ?


Buenos días. Corregido, gracias por su atención.


el inciso 3 tiene un error en su transcripción "...venta de L. 18.802 la antigua..."


10/10 gracias a este articulo me vendieron la falopa


10/10 todavía recuerdo cuando este artículo me salvó del incendio


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