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Estatuto del personal de carabineros de chile Artículo 115 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01-12-2025

Estatuto del personal de carabineros de chile
Artículo 115.

El retiro absoluto del personal de Nombramiento Institucional, procederá por las siguientes causales: a) Por enfermedad incurable que les imposibilite para continuar en el servicio o por alguna de las causales de invalidez establecidas en el artículo 95°; b) Por petición voluntaria de los que enteraren veinticinco años de servicios efectivos; c) Por cumplir treinta años de servicios efectivos en Carabineros. No obstante, en casos calificados, el General Director podrá autorizar al personal de Nombramiento Institucional de Orden y Seguridad para continuar en servicio activo. Al completar treinta y cinco años de servicios efectivos, el retiro será forzoso; d) Derogada. e) Por haber permanecido tres años en retiro temporal; No obstante para el personal procesado cuyo retiro se hubiere dispuesto por los hechos materia del proceso este plazo se prolongará hasta la terminación de la causa. f) Por estar comprendido en las disposiciones legales o reglamentarias que rigen las eliminaciones, y g) Por haber sido condenado por el delito de deserción o a alguna pena aflictiva o degradación o pérdida del estado militar, de acuerdo con el Código de Justicia Militar.



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sí, si se puede amigo


Consulta, puedo realizar comercio de personas?


hola , una pregunta tengo con respecto al articulo 26 de rentas y patentes.... en pto montt se quiere colocar un estacionamiento en terreno eriazo urbano y se presento coo obra provisoria (art. 124 LGUyC), sin embargo se rechazo porque debe cumplir con la exigencia de pavimentar el espacio para estacionar, alli nos acogimos al art. 26 de rentas y patentes , pues el terreno permite dicha actividad, pero patentes de pto montt no otorga patente provisoria para ese destino .... que pasa alli ?, pueden o no pueden hacer aquello?

gracias


hola aki estudiando derecho economico


valores, hace referencia solo a dinero?


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