Establece un estatuto de protección en favor del denunciante Chile
Establece un estatuto de protección en favor del denunciante
- TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES - Artículo 1. Definiciones
- Artículo 2. Acceso a la protección por parte del denunciante
- TÍTULO II
DE LAS DENUNCIAS EN EL SECTOR PÚBLICO A TRAVÉS DEL CANAL DE DENUNCIAS DE LA CONTRALORÍA - Artículo 3. Canal de Denuncias
- Artículo 4. Contenido de la denuncia
- Artículo 5. Gestión de las denuncias presentadas a través del Canal
- Artículo 6. Otros canales de denuncia
- TÍTULO III
DE LA RESERVA DE LA DENUNCIA - Artículo 7. Reserva de la denuncia y de los antecedentes acompañados a ella
- TÍTULO IV
DEL DEBER DE DENUNCIA Y DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN EN FAVOR DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO - Artículo 8. Deber de denuncia del personal de la Administración del Estado
- Artículo 9. Medidas preventivas de protección a favor del personal de la Administración del Estado
- Artículo 10. Concesión de las medidas preventivas de protección
- Artículo 11. Tramitación de las medidas preventivas de protección
- Artículo 12. Alegación de represalias por causa de la denuncia efectuada por el personal de la Administración del Estado
- Artículo 13. Tramitación de la reclamación de ilegalidad por represalia del acto o actuación administrativa
- Artículo 14. Cooperación eficaz
- TÍTULO V
DISPOSICIONES APLICABLES A LAS ENTIDADES PÚBLICAS O PRIVADAS EN QUE EL ESTADO O SUS INSTITUCIONES TIENEN PARTICIPACIÓN O QUE RECIBEN SUBVENCIÓN - Artículo 15. Las disposiciones de esta ley también serán aplicables a las denuncias por...
- Artículo 16. La denuncia a través del Canal también podrá realizarse en contra de las...
- Artículo 17. El trabajador regido por el Código del Trabajo que haya sufrido represalias...
- TÍTULO VI
DISPOSICIONES ADECUATORIAS - Artículo 18. Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.834, sobre...
- Artículo 19. Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 18.883, que aprueba...
- Artículo 20. Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Procesal Penal: 1....
- Artículo 21. Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Penal: 1....
- Artículo 22. Intercálase en el inciso tercero del artículo 485 del Código del Trabajo,...
Otras regulaciones
Interpreta el artículo cuadragésimo segundo transitorio de la ley n° 21.040, que crea el sistema de educación pública, con el objeto de proteger los ingresos de los trabajadores que indica traspasados a los servicios locales de educación pública Fortalece el servicio de tesorerías Ley de Menores Ley sobre impuesto a la renta Declara el 19 de diciembre de cada año como el día nacional contra el femicidioMejores juristas





Me cargan los cumas que dicen esposo y esposa estando casados
diganle al picante de abajo que se deje de escribir
Que beneficios obtiene un trabajador que renuncie a su trabajo con contrato indefinido con 5 años de servicio ininterrumpido. Que deberá pagarme la empresa, si yo renuncio.
Otra pregunta, en la legislación Chilena existe algún beneficio al cónyuge por Comunidad Matrimonial, ya que soy casado y quiero saber si mi esposa podría obtener algún beneficio de mis prestaciones sociales.
Atento a su respuesta, muchas gracias.
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