Establece sistemas de microcopia o micrograbacion de documentos Artículo 1 Chile
Establece sistemas de microcopia o micrograbacion de documentos
Artículo 1.
Para los efectos de esta ley, microforma es cualquier alternativa de formatos de películas fotográficas, microfilmes u otros elementos análogos que contengan imágenes de documentos originales como producto del proceso de microcopia o micrograbado y que sean susceptibles de ser reproducidos.
El mérito probatorio de las microformas que se obtengan, se regirá por las disposiciones de esta ley.
Chile Art. 1 Establece sistemas de microcopia o micrograbacion de documentos
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