Imprimir

Establece normas para adquisicion por el fisco de vehiculos que indica y otras disposiciones relativas a la locomocion colectiva de pasajeros Artículo 8 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 26-09-2023

Establece normas para adquisicion por el fisco de vehiculos que indica y otras disposiciones relativas a la locomocion colectiva de pasajeros
Artículo 8.

Cualquier procedimiento, maniobra dolosa, fraude o falsedad en que se incurra para vender u obtener un mejor precio por los vehículos que se ofrezcan a la Dirección de Aprovisionamiento del Estado de acuerdo con esta ley, o para cobrar la asignación compensatoria excepcional señalada en el artículo 5°, con perjuicio del Estado, ya sea suponiendo situaciones o condiciones inexistentes o en alguna de las formas que señala el artículo 193 del Código Penal, hará aplicables las penas del inciso primero del artículo 197 del mismo Código.



Chile Art. 8 Establece normas para adquisicion por el fisco de vehiculos que indica y otras disposiciones relativas a la locomocion colectiva de pasajeros
Artículo 1 ...6 7 8 9 10 ...13

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Buenas tardes para retirar fondos mutuos de herencia intestada ya realizada posesión efectiva, hecho pago de impuestos a la herencia en SII de ambas herederas, Banchile Inversiones solicita certificado de no matrimonio a una de las hijas mayor de edad y se niega a entregar fondos correspondientes a hija menor sin ese documento. Hija mayor no desea entregar documento afectando a hija menor. Es licito solicitar ese documento. De ser asi hay alternativa para no perjudicar frente a negativa a una de las herederas? Gracias


  1. hhhhhnnnnnnnn

benjamin ampuero aweonao


El artículo 1811 se encuentra incompleto


moncaca come caca


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse