Establece normas complementarias de administracion financiera, de incidencia presupuestaria y personal Artículo 12 Chile
Establece normas complementarias de administracion financiera, de incidencia presupuestaria y personal
Artículo 12.
Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto con fuerza de ley R.R.A. N° 16, de Hacienda, de 1963:
a) Todas las expresiones: "Tesorerías Comunales", "Tesorería Comunal", "Tesoreros Comunales", "Tesorería", "Tesorero de la Comuna", "Tesorero", "Tesorero Fiscal", y "Tesorería Fiscal", a que hacen mención en su texto deberán entenderse referidas al "Tesorero Municipal" o a la "Tesorería Municipal", de la comuna respectiva, según corresponda.
b) Agrégase al final de su artículo 27, reemplazan el punto (.) final por una coma (,), la siguiente nueva frase: "los que ingresarán en arcas municipales de la respectiva comuna.".
Chile Art. 12 Establece normas complementarias de administracion financiera, de incidencia presupuestaria y personal
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Buenas tardes, la ley de violencia intrafamiliar no está actualizada. Artículo 9 no contiene la letra f).
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