Crea la oficina de estudios y politicas agrarias Artículo 9 Chile
Crea la oficina de estudios y politicas agrarias
Artículo 9.
El Subsecretario de Agricultura podrá destinar a la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias los bienes fiscales adscritos a la Subsecretaría que sean necesarios para que aquélla cumpla con sus funciones.
Chile Art. 9 Crea la oficina de estudios y politicas agrarias
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Buenos días. Corregido, gracias por su atención.
el inciso 3 tiene un error en su transcripción "...venta de L. 18.802 la antigua..."
10/10 gracias a este articulo me vendieron la falopa
10/10 todavía recuerdo cuando este artículo me salvó del incendio
10/10 se lo cite a una mina , no me ha contestado hace 3 meses , tengo que hablar con el legislador para que interprete su señal
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