Imprimir

Crea el servicio de biodiversidad y áreas protegidas y el sistema nacional de áreas protegidas Artículo 64 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01-10-2024

Crea el servicio de biodiversidad y áreas protegidas y el sistema nacional de áreas protegidas
Artículo 64. Creación de las áreas protegidas del Estado

Las áreas protegidas del Estado, en cualquiera de sus categorías, se crearán mediante decreto supremo del Ministerio del Medio Ambiente. Este decreto deberá contar con la firma del Ministro de Bienes Nacionales cuando recaiga, en todo o parte, sobre inmuebles fiscales, y con la firma del Ministro de Defensa Nacional, cuando recaiga, en todo o parte, sobre áreas que se encuentran bajo su control a través de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas.

El decreto que crea el área protegida deberá contener, a lo menos, la categoría de protección, la superficie, la ubicación y el o los objetos de protección, y deberá adjuntar una cartografía que establezca los límites del área expresados en coordenadas. Se entenderá por objetos de protección del área, las especies, los ecosistemas, los servicios ecosistémicos o funciones o procesos ecológicos que se pretende proteger a través de la creación del área.



Chile Art. 64 Crea el servicio de biodiversidad y áreas protegidas y el sistema nacional de áreas protegidas
Artículo ...62 63 64 65 66 ...154

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Me llegó una notificación previo rechazo, habiendo ingresado una reunificación familiar por vínculo, antes de la misma me autodenuncié y pagué la multa según la sanción establecida.


Deberian de contratar al abogado promesa, don Agustin Aracena.


Es formal o sustantivo?


La jornada ordinaria comprensa se divide en jornada activa y pasiva, y en tu caso no puedes trabajar por un hecho que no es imputable, que no se originó por ti, por lo tanto, no te pueden despedir. Estas en el caso de la jornada pasiva.


consulta , si yo rendi la prueba y saque A, el 2017 y ecien este año me vuelvo a evaluar por estar recien en un colegio con carrera docente otra vez, debo rendir la prueba o aun me sirve esa primera A que saque ?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse