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Crea el ministerio de las culturas, las artes y el patrimonio Artículo 38 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14-09-2026

Crea el ministerio de las culturas, las artes y el patrimonio
Artículo 38.

El personal del Servicio estará afecto a las disposiciones del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, y en materia de remuneraciones, a las normas del decreto ley Nº 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda, que Fija Escala Única de Sueldos para el Personal que Señala, y su legislación complementaria.



Chile Art. 38 Crea el ministerio de las culturas, las artes y el patrimonio
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