Crea el fondo de emergencia transitorio covid-19 Artículo 10 Chile
Crea el fondo de emergencia transitorio covid-19
Artículo 10.
Se prohíbe la transferencia de recursos o el apoyo financiero del Fondo indicado en el artículo 1 a empresas que se encuentren condenadas por sentencia firme y ejecutoriada por ilícitos graves contra la libre competencia, contemplados en el decreto ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Chile Art. 10 Crea el fondo de emergencia transitorio covid-19
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Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este artículo.
Buenas tardes, la ley de violencia intrafamiliar no está actualizada. Artículo 9 no contiene la letra f).
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