Concede aporte familiar permanente de marzo y ajusta norma que indica Artículo 8 Chile
Concede aporte familiar permanente de marzo y ajusta norma que indica
Artículo 8.
El plazo para reclamar por el no otorgamiento del aporte familiar permanente a que se refiere esta ley será de un año, contado desde el mes de abril del año en el cual corresponde pagar el beneficio.
En tanto, el plazo para el cobro del precitado aporte familiar será de nueve meses contado desde la emisión del pago.
Chile Art. 8 Concede aporte familiar permanente de marzo y ajusta norma que indica
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Buenas tardes, la ley de violencia intrafamiliar no está actualizada. Artículo 9 no contiene la letra f).
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