Código Tributario Artículo 153 Chile
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16-06-2025
Código Tributario
Artículo 153.
El Tribunal Especial de Alzada fallará la causa sin más trámite que la fijación del día para la vista de la causa. No obstante, el tribunal, cuando lo estime conveniente, podrá oír las alegaciones de las partes.
Chile Art. 153 Código Tributario
Mejores juristas

Santiago de Chile
Сomentarios: 19
Duración total

Chillán
Duración total

Teléfono
Duración total

Teléfonos
Duración total

Duración total
Los nuevos comentarios en el sitio web
Invitado
19-06-25 01:42:07
Estoy cansado de ocultarlo... te amo, profesor Ascencio.
Invitado
18-06-25 11:02:25
Pablo deja de tocarme estamos en clase por favor
Invitado
18-06-25 06:32:15
Ultima vez que me tirai la pela asi. Me leiste bien? Victor heredia
Invitado
18-06-25 06:28:52
Benja anda a acostarte tonto qlo
Recomendados
Descargar Código TributarioPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios