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Código Tributario Artículo 136 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 26-08-2024

Código Tributario
Artículo 136.

El Juez Tributario y Aduanero dispondrá en el fallo la anulación o eliminación de los rubros del acto reclamado que correspondan a revisiones efectuadas fuera de los plazos de prescripción.



Chile Art. 136 Código Tributario
Artículo 1 ...134 135 136 137 138 ...207

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efectivamente la 5 lucas


el inciso 3 tiene un error en su transcripción "...venta de L. 18.802 la antigua..."


10/10 gracias a este articulo me vendieron la falopa


es divídanse


10/10 todavía recuerdo cuando este artículo me salvó del incendio


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