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Código Sanitario Artículo 21 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18-11-2024

Código Sanitario
Artículo 21.

Un reglamento determinará las enfermedades transmisibles que deben ser comunicadas obligatoriamente a las autoridades sanitarias, así como la forma y condiciones de la notificación.



Chile Art. 21 Código Sanitario
Artículo 1 ...19 20 21 22 23 ...TRANSITORIO

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valesex444


Buenos días. Gracias por la atención. Hemos actualizado este artículo.


Buenos días. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este artículo.


Falta agregar en el articulo 12 el numeral 24


cual articulo tiene validez respecto al mismo tema el 494 inciso 8 o el 313 A?


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