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Código Penal Artículo 411 QUINQUIES Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18-11-2024

Código Penal
Artículo 411 QUINQUIES.

Los que se asociaren u organizaren con el objeto de cometer alguno de los delitos de este párrafo serán sancionados, por este solo hecho, conforme a lo dispuesto en los artículos 292 y siguientes de este Código.



Chile Art. 411 QUINQUIES CP
Artículo 1 ...411 TER 411 QUÁTER 411 QUINQUIES 411 SEXIES 411 SEPTIES ...501

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valesex444


Buenos días. Gracias por la atención. Hemos actualizado este artículo.


Buenos días. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este artículo.


Falta agregar en el articulo 12 el numeral 24


cual articulo tiene validez respecto al mismo tema el 494 inciso 8 o el 313 A?


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