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Código del Trabajo Artículo 502 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14-02-2025

Código del Trabajo
Artículo 502.

Las resoluciones dictadas en el procedimiento monitorio serán susceptibles de ser impugnadas por medio de todos los recursos establecidos en este Código, con excepción del recurso de unificación de jurisprudencia contenido en los artículos 483 y siguientes.



Chile Art. 502 CT
Artículo 1 ...500 501 502 503 504 ...519

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valesex vosotros sabeis




En Chile se dice BUENOS DÍAS, dejemos de incorporar basura extranjera en nuestro lenguaje.


y por que a la locomocion colectiva no le piden sillas de niño para trasportar a los pasajeros y si a los autos particulares si todos estan expuestos a algun acc de transito


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