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Código de Comercio Artículo 511 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14-09-2026

Código de Comercio
Artículo 511.

Salvas las modificaciones resultantes de la naturaleza jurídica de la participación, ella produce entre los partícipes los mismos derechos y obligaciones que confieren e imponen a los socios entre sí las sociedades mercantiles.



Chile Art. 511 CCom, CDC, C Co
Artículo 1 ...509 510 511 512 513 ...FINAL

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