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Código de Comercio Artículo 1173 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16-06-2025

Código de Comercio
Artículo 1173.

La celebración y prueba del contrato de seguro marítimo se regirá por lo dispuesto en el artículo 515 de este Código.



Chile Art. 1173 CCom, CDC, C Co
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Introduccion al derecho pipipi


quisiera ser cebolla para estar dentro de tu empanada


Profesora Leonila soy su fan #1


hola malditos hijos del semen


hola herrerista25


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