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Código de Aguas Artículo 244 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28-05-2023

Código de Aguas
Artículo 244.

El directorio resolverá como árbitro arbitrador, en cuanto al procedimiento y al fallo, todas las cuestiones que se susciten entre los comuneros sobre repartición de aguas o ejercicio de los derechos que tengan como miembros de la comunidad y las que surjan sobre la misma materia entre los comuneros y la comunidad.

Las resoluciones del directorio, en las cuestiones a que se refiere el inciso anterior, sólo podrán adoptarse con el acuerdo de la mayoría absoluta de los miembros asistentes, y los fallos llevarán por lo menos la firma de los que hayan concurrido al acuerdo de mayoría.

No habrá lugar a implicancias ni recusaciones y las resoluciones sólo serán reclamables en la forma establecida en el artículo 247.

Servirá de actuario y tendrá la calidad de Ministro de Fe, el secretario de la comunidad o, en su defecto, el que designe el directorio.



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si sólo tiene 3 hijos y no hay cónyuge sobreviviente, cada uno tiene el 33,3%. Si hay cónyuge sobreviviente a cada hijo le corresponde el 20%.


Mi tío murió y de su primer matrimonio tuvo 3 hijos y obtuvo su bien propio antes de su segundo matrimonio, en el cual se casó con bienes mancomunados, la duda que tenemos es cuanto porcentaje de la herencia toca cada uno?.


La señora Juana Inés de la Cruz Seijas es de nacionalidad colombiana, vino a Guatemala en el año de 2021, cuando tenía 18 años, en su país de origen se establece que la mayoría de edad se obtiene a los 21 años. Ella decidió a los 6 meses de haber ingresado a Guatemala quedarse para establecer una empresa que se dedicara a la venta de ropa colombiana por lo que decidió asociarse con un grupo de personas para formar una sociedad anónima en Guatemala.

1 ¿tiene capacidad en Guatemala la señora Inés Seijas?

2 ¿Puede la señora Inés Seijas ser parte de los socios fundadores de una sociedad anónima en Guatemala?


Buenas tardes. Gracias por informarnos.


Se pegó por error el "L. 19.585"


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